SORTEO FLASH GUADALPARK

BASES LEGALES DEL SORTEO FLASH ENTRADAS DE GUADALPARK

PRIMERA. – ENTIDAD ORGANIZADORA.

La COMUNIDAD DEL COMPLEJO INMOBILIARIO DEL CENTRO COMERCIAL LOS ALCORES (en adelante, “LA ORGANIZADORA”), con C.I.F. H91384883 y domicilio fiscal en AUTOVIA A-92KM 8,8 41500, ALCALÁ DE GUADAIRA, SEVILLA, ha decidido realizar el presente sorteo de cajas Lego entre sus clientes, un sorteo de ámbito local para fidelizar su marca, todo ello de conformidad con lo establecido en las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”). Las presentes Bases recogen, por tanto, las condiciones del sorteo, así como los requisitos y normas que deben conocer y cumplir los participantes, las bases en la web www.ccalcores.com y a través de su perfil de Instagram.

SEGUNDA. – OBJETO, VIGENCIA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL.

El objetivo es el de AUMENTAR EL NÚMERO DE SEGUIDORES EN INSTAGRAM. El ámbito temporal (en adelante, el “Ámbito Temporal”) del sorteo se realizará con fecha del 7 de septiembre y durará 24 horas.

TERCERA. – COMUNICACIÓN.

La Promoción podrá ser comunicada a través de los medios que al efecto LA ORGANIZADORA considere pertinentes o necesarios.

CUARTA. – REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.

Solo podrán participar en el sorteo las personas físicas que participen a través de Instagram y que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, y concretamente lo establecido en la estipulación quinta siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, no podrán tener la condición de Participantes ni, por tanto, resultar agraciados: 1. Los empleados de LA ORGANIZADORA. 2. Los empleados de la agencia de publicidad o agencias de promociones u otras empresas que estén involucradas de cualquier forma en la Promoción. 3. Aquellas personas que, según el libre criterio de LA ORGANIZADORA, estén perjudicando voluntaria o involuntariamente el desarrollo del sorteo hayan perjudicado con anterioridad el desarrollo de cualesquiera otras promociones de LA ORGANIZADORA. 4. Los Participantes que realicen actos o comentarios en cualquier medio que sean desagradables y vayan dirigidos al sorteo, a otros Participantes, a la organizadora, a sus empleados o a cualquiera de sus colaboradores. En caso de que en el sorteo se llegara a conceder un premio a cualquiera de las personas enumeradas en los apartados de 1 a 4 anteriores, dicho premio quedará automáticamente denegado.

QUINTA. – MECÁNICA DE FUNCIONAMIENTO Y PARTICIPACIÓN Y PREMIOS OBJETO DE LA PROMOCIÓN.

La mecánica de participación es la que se recoge a continuación, debiendo cumplir los participantes (durante el Ámbito Temporal de la promoción) todos los requisitos que se relacionan para poder participar en el sorteo:

  •  Participación en Instagram • Seguir el perfil @cclosalcores
  •  Mencionar a un amigo por comentario
  •  Usar el hashtag #Guadalpark #sorteoflash

El PREMIO consistirá en: 2 entradas dobles para acceder al parque acuático Guadalpark. Se otorgará una 1 entrada doble por cada ganador: 4 entradas en total. Una misma persona no podrá llevarse varias entradas dobles. Saldrán 2 ganadores con 2 entradas cada uno y 2 suplentes. Los ganadores se publicarán el 8 de septiembre, realizándose un sorteo aleatorio entre todas las personas participantes con sus comentarios bajo el post de Instagram. Los ganadores tendrán 24 horas para ponerse en contacto con el Centro Comercial y 1 día para recoger sus entradas. En caso de que no respondan en 24 horas, se pasará a los suplementes que tendrán otras 24 horas para responder. En caso de que no lo hagan ni ganadores ni suplentes, se procederá a dar el sorteo por desierto. En ningún caso se podrá canjear por otro producto o su valor en metálico ni se enviará por correo al domicilio del ganador.

SEXTA. – FRAUDE

En el caso de que LA ORGANIZADORA o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente al presente sorteo detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo del sorteo, alterando ilegalmente su registro, participación, mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear su participación, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante. Se comprobarán los datos de los ganadores para asegurarnos que se tratan de personas diferentes y reales.

SÉPTIMA. – DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES Y PREMIO DESIERTO. LA ORGANIZADORA

se reserva la posibilidad de declarar las participaciones nulas y los premios desiertos en el caso de que se cometa fraude por parte de los participantes en los términos recogidos en las Bases precedentes, y el premio en consecuencia, desierto en el caso de que atenten contra alguno de los derechos reconocidos en la Constitución y legislación vigente.

OCTAVA. – ASPECTOS GENERALES DEL SORTEO.

  1. Este sorteo no implica en sí mismo un incremento de los precios del producto y los servicios que se promocionen.
  2. El mero hecho de participar en alguna de las Promociones implica la aceptación de las presentes Bases sin reserva de ningún tipo. En el supuesto de que alguno de los Participantes manifieste su negativa a aceptar estas Bases, o bien las aceptasen de forma parcial, serán excluidos de está quedando LA ORGANIZADORA totalmente liberada del cumplimiento de cualesquiera obligaciones contraídas con dicho Participante. LA ORGANIZADORA, en caso de divergencia con los Participantes, se reserva en todo momento el derecho de interpretación de las presentes Bases.
  3. En ningún caso será LA ORGANIZADORA responsable de los daños o cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse del disfrute de esta Promoción, bien por el/los Participante/s, Ganador/es o entidad/es con las que ésta colabore.
  4. LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio y de suspender o ampliar esta Promoción por motivos de fuerza mayor que sean expresamente justificados.
  5. LA ORGANIZADORA se reserva el derecho a descalificar de la Promoción a aquellos Participantes que, según su libre criterio, estén contraviniendo el espíritu o el fundamento de la Promoción, así como, específicamente, a los Participantes que establezcan o hayan pretendido establecer sistemas para especular, comerciar o enriquecerse injustamente con los Premios inherentes a la Promoción, todo ello sin perjuicio de las acciones legales que se estime oportuno ejercer.
  6. El premio referido en las presentes Bases no son transferibles por lo tanto no podrán entregarse a otro destinatario por petición de ningún ganador, salvo que LA ORGANIZADORA lo considere posible y factible.
  7. Se exime a la Organizadora de cualquier responsabilidad o incidencia que pueda evitar que el ganador disfrute del premio una vez ha sido entregado el mismo, o que tengan que ver con el disfrute del mismo, ni del uso que del premio haga el ganador.

NOVENA. – TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

Normativa: Reglamento (UE) 2016/679 RGPD y LOPDGDD 3/2018. Responsable del tratamiento COMUNIDAD DEL COMPLEJO INMOBILIARIO DEL CENTRO COMERCIAL LOS ALCORES NIF: H91384883 Dirección: AUTOVÍA A-92KM 8,8 41500, ALCALÁ DE GUADAÍRA, SEVILLA Teléfono: 955 61 07 61 Correo electrónico: losalcores@ccalcores.com Finalidad del tratamiento 1. Gestión de los datos de carácter personal necesarios para gestionar su participación en el SORTEO ENTRADAS GUADALPARK. Podemos tratar sus datos porque existe una relación jurídica/contractual. 2. Gestión contable. En el caso del ganador del sorteo podamos tratar sus datos con una gestión contable porque existe una obligación legal establecida en el Código Civil. Conservación de los datos Los datos de los participantes en el sorteo serán guardados hasta la finalización de la gestión de los premios del mismo. Obligatoriedad de facilitar los datos El interesado no está obligado a facilitar los datos, pero, la comunicación de los mismos, es un requisito previo, sin el que no podrá participar en el sorteo. Destinatarios de datos a.-Se cederán los datos del ganador (nombre y apellidos) a usuarios de la página web, en base al interés legítimo del Centro Comercial en promocionar la actividad del centro.

DÉCIMA. – LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE.

La interpretación y el cumplimiento de las presentes Bases se regirán por la legislación española. LA ORGANIZADORA y los Participantes que participen en el Sorteo, con renuncia expresa al propio fuero que, en su caso, les fuera aplicable, se someten en cuanto se refiera a la resolución de cualquier controversia que pudiera derivarse de las Bases o de la celebración o resultado del Sorteo, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Alcalá de Guadaíra, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca.

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